La Asamblea Revisora de la Constitución revirtió el derecho de los ciudadanos a acceder a las playas, ríos, costas y lagos, rechazando la propuesta de su disfrute, "sin perjuicio de la propiedad privada", atendiendo a presiones del empresariado nacional y de los líderes de Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y del Partido Revolucionario Dominicano (PRD).
Bajo el alegato de que la Asamblea es soberana, el vocero de los asambleístas del PLD, Francis Vargas presentó una nueva propuesta consensuada con el PRD y con el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), que incluye la garantía al derecho a la propiedad privada.
El nuevo párrafo del artículo 69 expresa lo siguiente: "Las cuencas altas de los ríos y la zona de biodiversidad endémica, nativa y migratoria son objetos de protección especial por parte de los poderes públicos para garantizar su gestión y preservación como bienes fundamentales de la Nación. Los ríos, lagos, lagunas, playas y costas nacionales pertenecen al dominio público y son de libre acceso, observándose siempre el derecho a la propiedad privada. La ley regulará las condiciones, normas y servidumbres en que los particulares accederán al disfrute o gestión de dichas áreas".
Esta modificación fue sancionada con 140 votos a favor y 25 en contra, con lo que la Asamblea desechó lo sancionado en segunda lectura que expresaba la noche del martes que expresaba "las cuencas altas de los ríos y las zonas de biodiversidad endémica, nativa y migratoria, son objeto de protección especial por parte de los poderes públicos para garantizar su gestión y preservación como bienes fundamentales de la Nación. Los ríos, lagos, lagunas, playas y costas nacionales pertenecen al dominio público y son de libre acceso. La ley regulará las condiciones, formas y servidumbres en que los particulares accederán al disfrute o gestión de dichas áreas".
Referendo revocatorio
La Asamblea Revisora rechazó consagrar el referendo revocatorio en la Constitución y acordó, en segunda lectura, unificar en un mismo año la celebración de las elecciones presidenciales y congresuales de las municipales, las cuales serán celebradas el tercer domingo de mayo y el tercer domingo de febrero, respectivamente.
También ratificó la figura del referendo para consultas populares en casos específicos que no sean tratar sobre aprobación ni revocación de mandato de ninguna autoridad electa o designada, entre otras excepciones.
Instancias electorales
Los asambleístas fijaron en cinco los miembros de la Junta Central Electoral, con sus suplentes y del nuevo Tribunal Superior Electoral, cuyos jueces serán designados por el Consejo Nacional de la Magistratura y no podrán ser menos de tres ni mas de cinco.
Unifican elecciones
La Asamblea ratificó unificar las elecciones presidenciales y congresuales y municipales en un mismo año, pero las primeras se realizarán el tercer domingo del mes de mayo y la de las autoridades municipales el tercer domingo del mes de febrero.
Partidos políticos
Fue sancionado el tema relativo a los partidos políticos que expresa que "la organización de partidos, agrupaciones y movimientos políticos es libre, con sujeción a los principios establecidos en esta Constitución. Su conformación y funcionamiento deben sustentarse en el respeto a la democracia interna y a la transparencia, de conformidad con la ley".
Áreas protegidas y frontera
Sobre las Áreas Protegidas se sancionó que "la vida silvestre, las unidades de conservación que conforman el Sistema Nacional de Áreas Protegidas y los ecosistemas y especies que contiene, constituyen bienes patrimoniales de la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. Los límites de las áreas protegidas sólo pueden ser reducidos por ley con la aprobación de las dos terceras partes de los votos de los miembros de las cámaras del Congreso Nacional. Además los asambleístas aprobaron el Régimen de Seguridad y Desarrollo Fronterizo.
Extraído del sitio: diariolibre.com
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